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Declaran ilegal criterio del Minsa para colocación de octógonos en publicidad de alimentos

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La Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas del Indecopi, resolvió en primera instancia, que sí es una barrera burocrática el criterio del Ministerio de Salud para la exigencia de los octógonos de la Ley de Alimentación Saludable en la publicidad.

De acuerdo a Indecopi, el Minsa no cuenta con competencia legal para regular la publicidad, con lo cual señala que se tiene una barrera burocrática ilegal al exigir que las advertencias publicitarias tengan octógonos en un área de hasta 15% del tamaño del anuncio en la publicidad, ya sea en medios escritos o en internet.

Asimismo, se descartó la exigencia de que las advertencias publicitarias audiovisuales deban tener una duración proporcional al tiempo que dure la publicidad, y que en medios radiales deba difundirse y pronunciarse en el mismo ritmo y volumen que el resto del anuncio.

Eso no es todo, de igual manera considera ilegal la exigencia de que las imágenes fijas y en movimiento de todo tipo de publicidad, lleven octógonos y sean mostrados claramente ante la cámara.

Por su parte, Indecopi mencionó que la decisión de la Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas (CEB) puede ser apelada en segunda instancia, ante la Sala Especializada en Eliminación de Barreras Burocráticas (SEL) del Tribunal de dicha institución.

Los rotulados u octógonos que parecen en los productos envasados no constituyen una barrera ilegal, señala la resolución en primera instancia. Se consideran legales en tanto se encuentren en las competencias del Ministerio de Salud, sin contravenir ninguna norma del ordenamiento jurídico vigente.

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