Cusco
Unsaac demoró en sanciones contra servidores por pago irregular
La Contraloría General de la República – CGR identificó que tres funcionarios y una servidora
pública de la Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco (UNSAAC) demoraron más de tres años en iniciar el procedimiento administrativo disciplinario (PAD) contra los
responsables de un pago irregular identificado por la CGR, permitiendo de esta manera que el
caso prescriba y no se aplique la sanción administrativa correspondiente.
En el Informe de Control Específico n.° 020-2024-2-0223-SCE (periodo de evaluación del 7 de
enero de 2021 al 14 de diciembre de 2022) se señala que por esa demora y falta de diligencia
para activar el PAD existe la presunta responsabilidad administrativa de tres funcionarios que
ejercían los cargos de Director de la Dirección de Asesoría Jurídica, Secretaria de la Dirección
de Asesoría Jurídica y la Secretaria General de la UNSAAC, por lo que se recomendó al rector
de la universidad adoptar acciones para el deslinde de responsabilidades que correspondan.
Como es de conocimiento público, el caso que ha prescrito fue detectado el año 2020 por la
Contraloría General e involucra a 14 funcionarios de la UNSAAC, debido al pago irregular de
racionamiento a servidores del régimen del D.L. n.° 1057 por labores fuera de la jornada
ordinaria de trabajo que se constituyó en un incremento remunerativo prohibido, ocasionando
un perjuicio de S/ 30 866. También autorizaron bajo ese mismo concepto la retribución a
servidores del comedor universitario por labores del desayuno navideño de los años 2018 y
2019, ocasionando otro perjuicio de S/ 45 315 (Informe de Control Específico n.° 037-2020-2-
0223). Pese a la situación notificada oportunamente por la Contraloría General, los funcionarios de la UNSAAC recién iniciaron el PAD el pasado 16 de mayo de 2024, luego de tres años, cuatro meses, una semana y tres días desde que la UNSAAC tomó conocimiento. La Secretaría General de la universidad emitió cuatro resoluciones para conformar las comisiones de instrucción para el inicio del procedimiento disciplinario en contra de cuatro funcionarios con presunta responsabilidad, sin embargo, por el tiempo transcurrido, tuvo que emitir la prescripción del plazo.
De esta manera, la universidad no ejerció su potestad sancionadora debido a que prescribió la
competencia para el inicio del procedimiento administrativo disciplinario, afectando el
funcionamiento de la administración pública. Los auditores de Contraloría determinaron que la
no adopción de acciones oportunas por parte de Secretaría General y la Dirección de Asesoría
Jurídica afectó la implementación de las recomendaciones del informe de control que
determinó, entre otras, presunta responsabilidad administrativa en funcionarios de la
universidad.
Según el artículo 94 de la Ley n.° 30057 “Ley del Servicio Civil” y el artículo 97 de su
reglamento, la competencia para iniciar procedimientos administrativos disciplinarios contra
servidores civiles establece un plazo de tres años contados a partir de la comisión de la falta, y de un año a partir de tomado de conocimiento por la oficina de recursos humanos de la
entidad, o de la que haga sus veces.