Cusco
SedaCusco no hace cumplir el contrato y permite que un profesional sin habilitación supervise la planta de aguas residuales de San Jerónimo
• La empresa Tecnisan presentó fuera de plazo todas sus valorizaciones y el supervisor de seguridad laboral no cuenta con habilitación profesional vigente, según informe del Órgano de Control Institucional.
El Órgano de Control Institucional (OCI) de la empresa prestadora de servicios SedaCusco S. A. emitió un informe de hito de control que revela dos situaciones adversas en la ejecución del contrato para el servicio de acopio, transporte y disposición final de biosólidos de la Planta de Tratamiento de Aguas Residuales (PTAR) San Jerónimo.
El contrato, suscrito con la empresa Tecnisan el 8 de enero de 2026 por un monto de S/1 278 504, presenta serios incumplimientos que afectan la adecuada prestación del servicio.
El contratista incumple de manera reiterada con la presentación de las valorizaciones mensuales. Las bases integradas del procedimiento de selección establecen que estas deben entregarse en un plazo máximo de cuatro días útiles del mes siguiente.
Sin embargo, el informe detalla retrasos en la primera valorización que se presentó con 25 días de demora, la segunda acumuló 74 días de retraso, y la tercera llegó 44 días después del plazo establecido. A la fecha del informe, las valorizaciones quinta y sexta ni siquiera habían sido presentadas.
Este incumplimiento impide que el área usuaria verifique oportunamente el cumplimiento de las obligaciones contractuales y realice el seguimiento adecuado de la ejecución del servicio. Además, el contratista tampoco presentó el plan de trabajo exigido junto con la primera valorización, documento que a la fecha aún no ha sido subsanado.
Supervisor sin habilitación profesional
Otro hallazgo crítico es que el profesional que desempeña el cargo de Supervisor SSOMA —encargado de supervisar la seguridad, salud ocupacional y medio ambiente— no cuenta con habilitación profesional vigente en el Colegio de Ingenieros del Perú.
Las bases integradas exigen que este cargo sea ocupado por un ingeniero sanitario, ambiental, civil o químico con colegiatura y habilitación profesional activa. La Ley n. ° 28858 establece que las labores de supervisión, elaboración de informes técnicos y gestión de calidad deben ser efectuadas por profesionales inscritos y hábiles en el Colegio de Ingenieros.
Esta situación compromete la validez de las actividades de supervisión, coordinación e informes emitidos durante la prestación del servicio, generando un riesgo para la seguridad de las operaciones y la adecuada gestión de los residuos.
Por esas razones, el Órgano de Control Institucional recomendó al presidente del Directorio de SedaCusco, Gustavo Gabriel Vargas Castillo, adoptar acciones preventivas y correctivas en el plazo de cinco días hábiles para garantizar la continuidad y el logro de los objetivos del servicio.
Redacción La Última