Cusco

Luis Pantoja hizo publicidad en forma irregular y provocó multas por 330 mil soles contra la Municipalidad del Cusco

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• Un informe de la Contraloría concluye que la comuna difundió publicidad durante el período electoral que incluía el nombre y cargo del alcalde Luis Beltrán Pantoja Calvo y que, en otros dos casos, no reportó la difusión al Jurado Electoral. El Jurado Electoral Especial impuso dos multas de 30 UIT y amonestaciones públicas.

La Municipalidad Provincial del Cusco difundió publicidad estatal durante el período electoral sin cumplir las reglas establecidas por el Jurado Nacional de Elecciones (JNE). Así lo concluye un informe del Órgano de Control Institucional (OCI) de la propia comuna, aprobado el 26 de agosto de 2026.
El informe de acción de oficio posterior 026-2026-2-0385-AOP señala que tres casos presentaron indicios de irregularidad. En uno, la publicidad incluía el nombre y cargo del alcalde Luis Beltrán Pantoja Calvo. En los otros dos, la municipalidad no presentó el reporte posterior que exige el reglamento electoral.
Los tres casos terminaron en procedimientos sancionadores ante el Jurado Electoral Especial (JEE) de Cusco. Dos de ellos generaron multas de 30 Unidades Impositivas Tributarias (UIT) y amonestaciones públicas al alcalde.
El período electoral comenzó el 27 de marzo de 2025, un día después de la convocatoria a las elecciones generales del 12 de abril de 2026. Durante ese período, el reglamento del JNE estableció restricciones para la publicidad estatal y prohibió que esta identificara a funcionarios públicos.
Un cartel con el nombre del alcalde
El primer caso corresponde al expediente EG.2026012056. El 12 de noviembre de 2025, una fiscalizadora electoral detectó un cartel de la municipalidad sobre el proyecto de mejoramiento y ampliación de la transitabilidad vehicular y peatonal en la prolongación de la avenida Ejército. En la parte inferior del cartel aparecían el cargo y el nombre del alcalde provincial: Luis Pantoja Calvo.
El JEE inició un procedimiento sancionador y ordenó retirar esa identificación. La municipalidad no presentó sus descargos dentro del plazo. Posteriormente, el Jurado determinó que se había cometido una infracción y ordenó adecuar la publicidad. Sin embargo, el 22 de febrero de 2026, la fiscalizadora informó que el cartel todavía no había sido adecuado.
El 9 de marzo, el JEE sancionó a Luis Beltrán Pantoja Calvo con una amonestación pública y una multa de 30 UIT por incumplir la orden de adecuación. La resolución quedó consentida.
Dos paneles sin reporte
Los otros dos casos ocurrieron en enero de 2026. En el expediente EG.2026019777, una fiscalizadora detectó el 6 de enero un panel sobre el proyecto de mejoramiento y ampliación del servicio de atención de salud básico en el puesto de salud de Sucso Auccailli. El panel mostraba el nombre y el logo de la Municipalidad Provincial del Cusco y de la Gerencia de Infraestructura.
La fiscalizadora verificó que la municipalidad no había presentado el reporte posterior sobre la difusión de esa publicidad en la plataforma electoral del JNE. El Jurado inició el procedimiento, pero la entidad tampoco presentó descargos. Determinó la infracción y ordenó retirar la publicidad. La resolución quedó consentida el 16 de febrero. Sin embargo, el 14 de marzo, la fiscalizadora informó que el panel seguía en su lugar. En abril, el JEE impuso al alcalde una amonestación pública y una multa de 30 UIT.
El tercer caso corresponde al expediente EG.2026019875. También fue detectado el 6 de enero. Esta vez se trataba de un panel sobre el proyecto de mejoramiento y ampliación de la transitabilidad vehicular y peatonal en la prolongación de la avenida Ejército. El panel mostraba el nombre y el logo de la municipalidad y de la Gerencia de Infraestructura. La entidad tampoco había presentado el reporte posterior exigido por el JNE. El Jurado determinó la infracción y ordenó el cese de la publicidad. La resolución quedó consentida el 16 de febrero.
Representantes de la municipalidad se presentaron ante el Jurado el 8 de mayo. Informaron que, después de conocer el expediente, retiraron el panel y solicitaron anular el procedimiento. El JEE rechazó el pedido y ordenó verificar el retiro de la publicidad.
El alcalde intentó anular las sanciones
Luis Beltrán Pantoja Calvo presentó recursos para dejar sin efecto las sanciones de los dos primeros casos. En el primero, solicitó la nulidad del procedimiento y una medida para suspender el cobro de la multa. El JEE declaró improcedentes ambos pedidos mediante una resolución de junio.
En el segundo, presentó una oposición el 11 de junio contra la resolución que declaró consentida la sanción. También pidió anular la notificación y reiniciar el procedimiento. El Jurado rechazó sus pedidos en junio. El informe de la Contraloría señala que las dos sanciones quedaron consentidas y que las multas ascienden a 30 UIT en cada caso, lo que equivale a 330 mil soles.

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