Cusco
Santiago: Contraloría detecta que municipio omitió registrar 21 órdenes de compra y servicio en el SEACE por S/332 mil
• El informe 11657-2026 advierte que la Municipalidad Distrital Santiago no publicó 16 órdenes de compra y 5 órdenes de servicio emitidas entre 2025 y 2026. Eso impidió transparentar el uso de los fondos públicos y su trazabilidad.La Contraloría General identificó que la Municipalidad Distrital Santiago, Cusco, durante la gestión del alcalde con licencia y candidato a la alcaldía provincial, Sergio Sullca, omitió registrar en el Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado (SEACE) 21 órdenes correspondientes a contratos menores. Se trata de 16 órdenes de compra y 5 órdenes de servicio emitidas entre el 1 de setiembre de 2025 y el 31 de marzo de 2026, por un monto acumulado de S/332 261,54.El hallazgo se sustenta en el cotejo realizado el 3 de agosto de 2026 entre la información remitida por la Dirección General del Tesoro Público del Ministerio de Economía y Finanzas y el Organismo Especializado para las Contrataciones Públicas Eficientes (OECE), y los datos publicados en el SEACE. Según el informe, la entidad emitió 75 órdenes de compra y 14 órdenes de servicio en el período analizado, pero solo registró 59 y 9, respectivamente, en el sistema electrónico.El documento precisa que el plazo máximo para efectuar el registro venció el 17 de abril de 2026. La directiva 007-2025-OECE-CD establece que las entidades deben registrar las órdenes de compra y servicio a partir del día siguiente de su emisión, con un plazo máximo de diez días hábiles del mes siguiente.La omisión contraviene la Ley 32069, Ley General de Contrataciones Públicas, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo 009-2025-EF. El artículo 14.2 del Reglamento señala que la Dependencia Encargada de las Contrataciones es responsable de registrar, realizar o publicar oportunamente en la Pladicop todos los actos y actuaciones de las tres fases del proceso de contratación. Asimismo, las Normas de Control Interno 03 establecen que los procesos, actividades y tareas deben estar debidamente documentados para garantizar la trazabilidad de los productos o servicios generados.La Contraloría concluye que el hecho impidió transparentar de manera oportuna el uso de los fondos públicos, así como su trazabilidad, y restringió la disponibilidad de datos integrales para la toma de decisiones de gestión. El informe recomienda al alcalde, Sergio Sullca Condori, adoptar las acciones que correspondan en el ámbito de sus competencias para atender o superar el hecho con indicio de irregularidad, y de ser el caso, disponer el deslinde de las responsabilidades.
Redacción La Última
Cusco
APDAY denuncia que partidos políticos en Cusco ignoran el pago de derechos de autor en sus cierres de campaña
La Asociación Peruana de Autores y Compositores (APDAY) en Cusco denunció que diversas organizaciones políticas vienen evadiendo el pago de derechos de autor por el uso de música protegida en sus mítines y recientes cierres de campaña. Hilton David Tapia Salinas, administrador de la entidad en la Ciudad Imperial, señaló que, a pesar de los requerimientos previos y posteriores realizados por la institución, varios candidatos han hecho caso omiso a sus obligaciones legales.
El representante explicó que el uso de repertorio musical en eventos públicos está plenamente regulado por el Decreto Legislativo 822. Toda organización que emplee música fuera del ámbito doméstico (como en tarimas y concentraciones proselitistas) está obligada a contar con autorización y cubrir las tasas establecidas por Indecopi, las cuales corresponden al 20% del valor total de los contratos de las agrupaciones presentadas.
Pese a que un sector de los partidos políticos ha cumplido con regularizar sus pagos o se ha acercado a negociar bajo beneficios previos, existen casos críticos de morosidad. Tapia Salinas identificó públicamente al candidato Álvaro Arenas, por un evento en la Plaza San Francisco, y a Jhunder Labra, de Somos Perú en San Sebastián, como los principales infractores que ignoraron las notificaciones formales de la institución.
Ante la negativa de los candidatos para honrar sus deudas, APDAI indicó que ya se han emitido notificaciones de carácter prejudicial respaldadas por constataciones policiales. El administrador advirtió que el desacato a la normativa sobre derechos de autor no solo constituye una infracción administrativa, sino que también trasciende al ámbito penal, por lo que la institución procederá firmemente con acciones legales contra los responsables.
Finalmente, el representante cuestionó la actitud de quienes aspiran a gobernar la región, señalando que los candidatos deberían ser los primeros llamados a dar el ejemplo y respetar la ley. APDAI reafirmó que continuará firme en su labor de fiscalización para salvaguardar los derechos de los autores y compositores frente a la informalidad en las actividades políticas.
Redacción La Última
Cusco
Fiscalía pide 8 años y 8 meses de cárcel para Albert Arenas, candidato del PRIN a la alcaldía del Cusco
• El Ministerio Público lo acusa de colusión simple y negociación incompatible por presuntas irregularidades en la contratación de una obra de saneamiento en la Municipalidad Distrital de Santa Teresa. El proceso está en etapa probatoria.
La Fiscalía solicitó 8 años y 8 meses de prisión efectiva contra el candidato a la alcaldía provincial del Cusco del PRIN, Albert Arenas Yábar, por los presuntos delitos de colusión simple y aprovechamiento indebido del cargo o negociación incompatible por hechos investigados cuando se desempeñaba como funcionario de la Municipalidad Distrital de Santa Teresa, en La Convención.
La investigación se remonta al proceso de licitación pública 1-2012-MDST, convocado para la ejecución de la obra «Ampliación y mejoramiento del sistema de agua y desagüe de la localidad de Cochapampa», con un valor referencial de S/2 837 245,01. Según el informe especial 1099-2014-CG/ORCU-EE de la Contraloría General, que sirvió de base para la acusación fiscal, Arenas Yábar, en su condición de Subgerente de Administración y Finanzas, aprobó el expediente de contratación y las bases administrativas del proceso el 21 de noviembre de 2012, pese a que no contaba con competencia para hacerlo, ya que solo podía aprobar expedientes cuyo valor referencial no superara las 600 UIT, es decir, hasta S/2 190.000.
La Contraloría advirtió que el funcionario carecía de facultades para dicha aprobación, según lo establecido en la Resolución de Alcaldía 073-2012-A-MDST, que delegó facultades al Subgerente de Administración y Finanzas con ese límite. También detectó que el Comité Especial otorgó la buena pro al Consorcio Sanitario Santa Teresa, representado por Roque Omar Ibáñez Di Liberto, pese a que su oferta económica de S/3 007 479,70 excedía en un 6 % el valor referencial, sin contar con la aprobación del titular de la entidad ni la disponibilidad presupuestal necesaria.
La defensa de Arenas Yábar
El abogado del imputado sostuvo durante el proceso que Arenas Yábar aprobó el expediente de contratación y las bases administrativas en su condición de Gerente Municipal encargado, no como Subgerente de Administración. Para acreditarlo, presentó los Memorándums 158-A-MDST-2012 y 159-A-MDST-2012, de 17 de octubre de 2012, mediante los cuales el alcalde Valerio Rubén Pinto Coaquira le encargó la Gerencia Municipal ante la renuncia del anterior gerente, Mario Martínez Calderón. Según la defensa, en esa condición no tenía la limitación de las 600 UIT para aprobar bases administrativas.
En primera instancia, el Octavo Juzgado de Investigación Preparatoria declaró fundado el pedido de sobreseimiento a favor de Arenas Yábar, al considerar que existían dos informes contradictorios sobre la autenticidad de los memorándums y que la Contraloría, mediante la Resolución 002-2015-CG/INSS, había declarado improcedente el inicio de un procedimiento administrativo sancionador en su contra por falta de competencia funcional. Sin embargo, la Segunda Sala Penal de Apelaciones de Cusco revocó esa decisión el 15 de setiembre de 2020 y declaró infundado el sobreseimiento, al concluir que la autenticidad de los documentos debía esclarecerse en juicio oral. La defensa presentó un recurso de casación, que fue declarado inadmisible el 17 de noviembre de 2020.
El proceso actual
El caso se tramita en el expediente 00254-2017-5-1001-JR-PE-01 ante el Cuarto Juzgado Penal Unipersonal Supraprovincial Especializado en Corrupción de Cusco. En la audiencia del 26 de agosto, los jueces continuaron con la actuación probatoria y el interrogatorio de los auditores de la Contraloría que elaboraron el informe especial. En la última audiencia, realizada el 7 de setiembre de 2026, la Fiscalía concluyó su interrogatorio a los auditores, pero quedó pendiente el interrogatorio del actor civil – Contraloría General y posteriormente el de las defensas de los acusados.
A estas alturas, es cierto, todavía no existe sentencia condenatoria ni absolutoria; por tanto, Arenas Yábar mantiene su condición de acusado y el proceso continúa en etapa probatoria.
La situación de Arenas Yábar hace recordar al caso del exalcalde del Cusco, Víctor Boluarte Medina, quien postuló a la alcaldía provincial pese a que enfrentaba un pedido de prisión de fraude en la administración de personas jurídicas. Boluarte ganó la elección y luego de un año de gestión fue sentenciado y suspendido de la alcaldía, lo que llevó al caos a la comuna provincial.
No obstante, su situación al asemejarse a la de Víctor Boluarte pone sobre la mesa si vale la pena elegir a un político con una acusación por presuntos actos de corrupción para que asuma las riendas de la Municipalidad Provincial del Cusco. Los electores cusqueños serán, al final, los que decidan qué tipo de autoridad quieren tener por los próximos cuatro años.
Redacción La Última
Cusco
FUC exige a las autoridades universitarias investigar presuntocaso de hostigamiento sexual a estudiante de filial Sicuani
La Federación Universitaria del Cusco (FUC) a través de un comunicado público solicitó a las autoridades de la Universidad Nacional San Antonio Abad del Cusco, investigar, a través de los órganos correspondientes la denuncia presentada por una estudiante de la Escuela Profesional de Medicina Veterinaria de la filial de Sicuani contra un docente, por presuntos actos de hostigamiento sexual.
Según indican, esta denuncia refiere presuntos hechos de naturaleza sexual y conductas que habrían generado una situación de intimidación y afectación dentro del ámbito estudiantil, en el cual existen personas que habrían tenido conocimiento o presenciado determinados hechos, por lo que corresponde que las autoridades competentes determinen su relevancia dentro de la investigación.
Asimismo, la Federación Universitaria, a través de un comunicado público expresó su “respaldo a la estudiante que denunció y a toda persona que decida acudir a las instancias correspondientes frente a situaciones que considere la vulneración de su dignidad y sus derechos. En ese sentido, señalan “consideramos fundamental que ningún estudiante tenga que permanecer en silencio por miedo a las represalias académicas, sociales o personales”.
En los puntos 3, 4 y 5 del comunicado de la FUC, la dirigencia estudiantil insta a las autoridades una investigación imparcial y objetiva, frente a este caso; asimismo reafirma el derecho de que toda denuncia debe ser investigada y atendida evitando cualquier forma de revictimización, intimidación y represalia”.
En ese sentido la “Fuc exige que las autoridades universitarias cumplan con sus obligaciones para promover el respeto en el espacio personal y que no se realice este tipo de prácticas repulsivas, así como la protección e investigación frente a casos de hostigamiento sexual , las mismas que no deben ser minimizadas ni ignoradas”.
Redacción La Última
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